¿Tu matrimonio no funciona? ¿Ya estás cansado/a de intentar arreglar las cosas?
Si te están planteando acudir al divorcio porque piensas que es lo mejor te contamos cómo hacerlo.
- DIVORCIO CON HIJOS
En primer lugar, habrá que tener en cuenta si tenéis hijos menores en común. Habiendo hijos menores en común la única forma posible de tramitar es el divorcio es por la vía judicial.
Dentro de esta vía se puede hacer bien de mutuo acuerdo redactando un convenio regulador que regulará las medidas adoptadas por ambos cónyuges y, a su vez, se presentará el mismo junto con una demanda de divorcio de mutuo acuerdo ante el Juzgado de Primera Instancia del partido judicial del último domicilio conyugal.
Las medidas que se van a adoptar en el Convenio regulador serán las referentes a la patria potestad, guarda y custodia de los hijos menores, pensión de alimentos, régimen de visitas, gastos extraordinarios, pensión compensatoria (en caso de que la hubiera)…
O bien, para el caso de que los cónyuges no estén de acuerdo en las medidas a adoptar el procedimiento se tramitará por la vía contenciosa. Esto es, se presentará una demanda de divorcio contencioso ante el Juzgado de Primera Instancia del último domicilio conyugal solicitando al Juez que sea él quien decida las medidas que se van a adoptar con respecto a los hijos menores y con respecto a la pensión compensatoria para la esposa si la ruptura del matrimonio le produce un desequilibrio.
- DIVORCIO SIN HIJOS
En segundo lugar, para el caso de que no haya hijos menores en el matrimonio o simplemente no haya hijos. El divorcio se puede tramitar de varias formas.
La primera de ellas es de mutuo acuerdo redactando una demanda de divorcio de mutuo acuerdo que se presenta ante el Juzgado de Primera Instancia del último domicilio conyugal.
Las segunda de ellas es el divorcio ante notario. Esto es posible con la Ley 15/2015 de 2 de julio de Jurisdicción Voluntaria, que entró en vigor el 23 de julio de 2015.